Sensibilidad jurídica, expresión de la diversidad cultural. Una mirada sobre la sociedad paleobabilónica

En este trabajo analizaré el fenómeno que C. Geertz ha denominado sensibilidad jurídica, en el contexto de la Mesopotamia paleobabilónica (ca. 2000-1600 a.C). Entiendo que la sensibilidad jurídica se asienta en evaluaciones sociales sobreentendidas, más allá de las diferencias de aprehensión entre e...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Ravenna, Eleonora
Formato: article artículo publishedVersion
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Nacional de Rosario. Facultad de Humanidades y Artes. Centro de Estudios Sobre Diversidad Cultural 2018
Materias:
ME
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/2133/12036
http://hdl.handle.net/2133/12036
Aporte de:
Descripción
Sumario:En este trabajo analizaré el fenómeno que C. Geertz ha denominado sensibilidad jurídica, en el contexto de la Mesopotamia paleobabilónica (ca. 2000-1600 a.C). Entiendo que la sensibilidad jurídica se asienta en evaluaciones sociales sobreentendidas, más allá de las diferencias de aprehensión entre el sector templario-palatino y la población dedicada a las tareas productivas. El concepto ME, principio de orden, constatación de que existen reglas que simultáneamente son y deben ser obedecidas puede ser pensada como una de estas evaluaciones. La realeza tiene su ME y en el momento en que es, debe ejercer la justicia. Esta idea profunda temporalmente y extendida espacialmente, se pone en acto de maneras diversas a lo lardo del tiempo. Se analiza aquí la forma en se manifiesta durante el período paleobabilónico, en el que el elemento amorreo cobra mayor significación.