Frustración del fin del contrato
El presente artículo busca reflexionar respecto de los contratos a partir de una de sus derivaciones inmediatas: el cumplimiento de las obligaciones que el este conlleva, entendiendo que depende, esencialmente, de la supervivencia de la «causa fin», en virtud del carácter necesario que reviste este...
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| Autor principal: | |
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| Formato: | Artículo publishedVersion |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Universidad Católica de La Plata. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
2024
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://repositorio.ucalp.edu.ar/handle/UCALP/467 |
| Aporte de: |
| Sumario: | El presente artículo busca reflexionar respecto de los contratos a partir de una de sus derivaciones inmediatas: el cumplimiento de las obligaciones que el este conlleva, entendiendo que depende, esencialmente, de la supervivencia de la «causa fin», en virtud del carácter necesario que reviste este elemento de los contratos (arts. 281 y 1013, CCCN). De ahí que, si se produce la frustración de la causa fin, el contrato puede llegar a extinguirse (art. 1090, CCCN). Se propone un recorrido por la importancia del tema, su régimen legal, el ámbito de aplicación, sus efectos y la jurisprudencia sobre la cuestión. |
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