La omisión de requisitos esenciales no tipificantes en la nueva regulación. Omisión por falta de adecuación. Propuestas

La sociedad que omita requisitos esenciales no tipificantes se encuentra incluida en la Sección IV de la Ley General de Sociedades, ello se deduce de la interpretación integral de los artículos 21, 25 y del nuevo art. 17 de la LGS. Frente a la solicitud de inscripción de una sociedad que primariamen...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Furiasse, Romina, Lujan, María de los Angeles
Formato: Artículo revista
Lenguaje:Español
Publicado: Facultad de Derecho 2017
Acceso en línea:https://revistas.unc.edu.ar/index.php/esdeem/article/view/17428
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