La omisión de requisitos esenciales no tipificantes en la nueva regulación. Omisión por falta de adecuación. Propuestas
La sociedad que omita requisitos esenciales no tipificantes se encuentra incluida en la Sección IV de la Ley General de Sociedades, ello se deduce de la interpretación integral de los artículos 21, 25 y del nuevo art. 17 de la LGS. Frente a la solicitud de inscripción de una sociedad que primariamen...
Guardado en:
| Autores principales: | Furiasse, Romina, Lujan, María de los Angeles |
|---|---|
| Formato: | Artículo revista |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Facultad de Derecho
2017
|
| Acceso en línea: | https://revistas.unc.edu.ar/index.php/esdeem/article/view/17428 |
| Aporte de: |
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