EL DERECHO DE CONSULTA DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS ANTE LOS PROYECTOS DE EXPLOTACIÓN O EXTRACCIÓN DE RECURSOS NATURALES EN EL MARCO DEL SISTEMA INTERAMERICANO

En las últimas décadas del siglo XX, tanto la Comisión como la Corte Interamericana de Derechos Humanos han sostenido que la persona humana como sujeto individual no es la única portadora de derechos. Han reconocido la existencia del sujeto colectivo “pueblos indígenas” como portador de derechos que...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Mortarotti, Pablo
Formato: Artículo revista
Lenguaje:Español
Publicado: Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Público 2015
Acceso en línea:https://revistas.unc.edu.ar/index.php/recordip/article/view/11964
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Descripción
Sumario:En las últimas décadas del siglo XX, tanto la Comisión como la Corte Interamericana de Derechos Humanos han sostenido que la persona humana como sujeto individual no es la única portadora de derechos. Han reconocido la existencia del sujeto colectivo “pueblos indígenas” como portador de derechos que necesitan ser resguardados. Dentro del amplio espectro de derechos se destacan el derecho a la protección de su territorio entendido como el sustento de su integridad física y espiritual y su identidad y al disfrute de sus recursos naturales en el marco de la dimensión intertemporal de la forma comunal de propiedad. Pero un derecho cobra especial relevancia: el derecho de consulta.