La asunción del riesgo: ¿Qué es lo que realmente se asume?

Uno del inconveniente con que se enfrenta el derecho de daños en materia de eximentes es la intervención de la víctima en situaciones arriesgadas, lo que se conoce como asunción de riesgo. La doctrina y jurisprudencia, desde los tiempos de Vélez Sarsfield y hoy en la actualidad, discute si esa asunc...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Pendini, María Agustina
Formato: Artículo revista
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Nacional de C´órdoba- Facultad de Derecho- Centro de Estudio de Derecho de Daños 2025
Materias:
Acceso en línea:https://revistas.unc.edu.ar/index.php/estudioscentro/article/view/48877
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Descripción
Sumario:Uno del inconveniente con que se enfrenta el derecho de daños en materia de eximentes es la intervención de la víctima en situaciones arriesgadas, lo que se conoce como asunción de riesgo. La doctrina y jurisprudencia, desde los tiempos de Vélez Sarsfield y hoy en la actualidad, discute si esa asunción del riesgo implica aceptar también el daño; a fin de poder determinar si la asunción de riesgo exonera de responsabilidad al sindicado responsable