Consentimiento informado: características, derechos implicados y excepciones. Derecho español y argentino
Acudiendo al derecho comparado, concretamente al derecho español constatamos que el consentimiento informado es un derecho fundamental. Otro derecho necesario para el consentimiento informado es el derecho a la información. El consentimiento y la información se manifiestas como dos derechos tan estr...
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| Autores principales: | , |
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| Formato: | Artículo revista |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Centro de Investigaciones Jurídicas y Sociales - FD - UNC - CONICET
2025
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| Acceso en línea: | https://revistas.unc.edu.ar/index.php/anuariocijs/article/view/49559 |
| Aporte de: |
| Sumario: | Acudiendo al derecho comparado, concretamente al derecho español constatamos que el consentimiento informado es un derecho fundamental. Otro derecho necesario para el consentimiento informado es el derecho a la información. El consentimiento y la información se manifiestas como dos derechos tan estrechamente vinculados que el ejercicio de uno depende de la previa correcta atención al otro. No obstante, como todo derecho no son absolutos tienen sus limitaciones.
La normativa española pone de manifiesto que las excepciones no son indeterminadas ni de consideración extensiva.Permitiéndose la limitación de del derecho a la información únicamente en casos de carencia de capacidad del paciente para entender la información o por la existencia acreditada de un estado de necesidad terapéutica. Y en el caso del consentimiento en el supuesto de riesgo para la salud pública; cuando exista riesgo inmediato y grave para la integridad física o psíquica del enfermo y no es posible conseguir su autorización.
En la legislación argentina la regulación es similar. Y lo configura como un derecho personalísimo fundamentado en la declaración de voluntad expresada por escrito del paciente, resultado de un análisis previo que el mismo realiza con toda la información que ha recibido del facultativo. |
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