¿Es constitucional el tratamiento que se les da a las personas con discapacidad privadas de su libertad en la provincia de C´órdoba?

Las personas con discapacidad poseen una doble protección constitucional, en virtud del art. 75 inc. 23 de la Constitución Nacional (medidas positivas) y de la Convención Internacional de Discapacidad. En el caso del tratamiento de personas “reclusas” cabe atender las Reglas 109 y 110 (Reglas Mínima...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Moreno, Patricia Giuliana
Formato: Artículo revista
Lenguaje:Español
Publicado: Centro de Investigaciones Jurídicas y Sociales - Facultad de Derecho U.N.C 2024
Materias:
Acceso en línea:https://revistas.unc.edu.ar/index.php/rjei/article/view/44942
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