Análisis de la posible inconstitucionalidad del art. 82 inc. c) -ex art. 79 inc. c)- de la ley 20.628 (t.o. por Decreto Nº 824/19)
El sistema tributario argentino está integrado, entre otros, por la Ley 20.628 (t.o. por Decreto Nº 824/19) de Impuesto a las Ganancias (IG) la cual considera en su art. 82 inc. c) - ex art. 79 inc. c)- que: “Constituyen ganancias de la cuarta categoría las provenientes (…) De las jubilaciones, pens...
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| Autor principal: | |
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| Otros Autores: | |
| Formato: | bachelorThesis |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
2021
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/11086/17619 |
| Aporte de: |
| Sumario: | El sistema tributario argentino está integrado, entre otros, por la Ley 20.628 (t.o. por Decreto Nº 824/19) de Impuesto a las Ganancias (IG) la cual considera en su art. 82 inc. c) - ex art. 79 inc. c)- que: “Constituyen ganancias de la cuarta categoría las provenientes (…) De las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen
en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto, y de los consejeros de las sociedades cooperativas”.
El tema bajo estudio radica justamente en analizar la posible inconstitucionalidad de dicho apartado legal. |
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