El laberinto de la pérdida del capital social y su remediación

El artículo 96 de la ley general de sociedades autoriza una opción imperativa para neutralizar los efectos de una causal de disolución –pérdida del capital social-, condicionado por el art. 100 de la misma ley a la “viabilidad económica” de la sociedad. No son normas disponibles que puedan ser alter...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: RICHARD, Efraín Hugo
Formato: Artículo revista
Lenguaje:Español
Publicado: Facultad de Derecho 2016
Materias:
Acceso en línea:https://revistas.unc.edu.ar/index.php/esdeem/article/view/15170
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Descripción
Sumario:El artículo 96 de la ley general de sociedades autoriza una opción imperativa para neutralizar los efectos de una causal de disolución –pérdida del capital social-, condicionado por el art. 100 de la misma ley a la “viabilidad económica” de la sociedad. No son normas disponibles que puedan ser alteradas por el Estatuto social o una resolución de su órgano de gobierno.