Resolución de Consejo 5/2010
Establecer para el personal docente incluido en el artículo 18, inciso b) de la Ley 13047 que se desempeña en los establecimientos privados de enseñanza, comprendidos en artículo 2, incisos b) y c), los sueldos mínimos a partir del 01/07/10 conforme se detalla en la presente resolución.
Guardado en:
| Autor Corporativo: | |
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| Formato: | Documento Gubernamental Libro electrónico |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
[S.l.] :
[s.n.],
2010.
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/RC_5-10.pdf |
| Aporte de: | Registro referencial: Solicitar el recurso aquí |
| Sumario: | Establecer para el personal docente incluido en el artículo 18, inciso b) de la Ley 13047 que se desempeña en los establecimientos privados de enseñanza, comprendidos en artículo 2, incisos b) y c), los sueldos mínimos a partir del 01/07/10 conforme se detalla en la presente resolución. |
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| Notas: | Publicado en Boletín Oficial de la República Argentina no. 31946 de 19/07/2010 |
| Descripción Física: | 1 PDF. |