Resolución de Consejo 5/2010

Establecer para el personal docente incluido en el artículo 18, inciso b) de la Ley 13047 que se desempeña en los establecimientos privados de enseñanza, comprendidos en artículo 2, incisos b) y c), los sueldos mínimos a partir del 01/07/10 conforme se detalla en la presente resolución.

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Detalles Bibliográficos
Autor Corporativo: Consejo Gremial de Enseñanza Privada (Argentina)
Formato: Documento Gubernamental Libro electrónico
Lenguaje:Español
Publicado: [S.l.] : [s.n.], 2010.
Materias:
Acceso en línea:http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/RC_5-10.pdf
Aporte de:Registro referencial: Solicitar el recurso aquí
Descripción
Sumario:Establecer para el personal docente incluido en el artículo 18, inciso b) de la Ley 13047 que se desempeña en los establecimientos privados de enseñanza, comprendidos en artículo 2, incisos b) y c), los sueldos mínimos a partir del 01/07/10 conforme se detalla en la presente resolución.
Notas:Publicado en Boletín Oficial de la República Argentina no. 31946 de 19/07/2010
Descripción Física:1 PDF.