Resolución de Consejo 6/2014
Establecer para todo el personal no docente incluido en el artículo 18, inciso b) de la Ley 13047 que se desempeña en establecimientos privados de enseñanza comprendidos en artículo 2, incisos a), b) y c), Zona 2, los sueldos básicos que regirán a partir del 01/03/14 y del 01/07/14, conforme se deta...
Guardado en:
| Autor Corporativo: | |
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| Formato: | Documento Gubernamental Libro electrónico |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
[Buenos Aires] :
[s.n.],
2014.
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/RC_6-14 |
| Aporte de: | Registro referencial: Solicitar el recurso aquí |
| Sumario: | Establecer para todo el personal no docente incluido en el artículo 18, inciso b) de la Ley 13047 que se desempeña en establecimientos privados de enseñanza comprendidos en artículo 2, incisos a), b) y c), Zona 2, los sueldos básicos que regirán a partir del 01/03/14 y del 01/07/14, conforme se detalla en la presente resolución. |
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| Notas: | Publicado en Boletín Oficial de la República Argentina no. 32887 de 31/03/2014 |
| Descripción Física: | 1 PDF. |