Resolución de Consejo 2/2016
Establecer para el personal incluido en el artículo 18, inciso b) de la Ley 13047 que se desempeña en establecimientos privados de enseñanza, comprendidos en artículo 2, incisos b) y c) los sueldos mínimos que regirán a partir del 01/03/16 y del 01/09/16, conforme se detalla en la presente resolució...
Guardado en:
| Autor Corporativo: | |
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| Formato: | Documento Gubernamental Libro electrónico |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
[Buenos Aires] :
[s.n.],
2016.
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/RC_2-16 |
| Aporte de: | Registro referencial: Solicitar el recurso aquí |
| Sumario: | Establecer para el personal incluido en el artículo 18, inciso b) de la Ley 13047 que se desempeña en establecimientos privados de enseñanza, comprendidos en artículo 2, incisos b) y c) los sueldos mínimos que regirán a partir del 01/03/16 y del 01/09/16, conforme se detalla en la presente resolución. |
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| Notas: | Publicado en Boletín Oficial de la República Argentina no. 33357 de 14/04/2016 |
| Descripción Física: | 1 PDF. |