Decreto 84834/1941

La prueba de suficiencia a que deberán someterse los profesores de los establecimientos incorporados que carezcan de los títulos mencionados en el considerando de este decreto, se realizará en los Institutos Nacionales de Educación Física bajo el contralor de la Dirección Gemeral de Educación Física...

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Detalles Bibliográficos
Autores Corporativos: Argentina, Argentina. Presidente (1942-1943 : Castillo), Argentina. Ministerio de Justicia e Instrucción Pública. Ministro (1940-1943 : Rothe)
Formato: Documento Gubernamental Capítulo de libro
Lenguaje:Español
Materias:
Acceso en línea:http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/13718.pdf
Aporte de:Registro referencial: Solicitar el recurso aquí
Descripción
Sumario:La prueba de suficiencia a que deberán someterse los profesores de los establecimientos incorporados que carezcan de los títulos mencionados en el considerando de este decreto, se realizará en los Institutos Nacionales de Educación Física bajo el contralor de la Dirección Gemeral de Educación Física.