Decreto 84834/1941
La prueba de suficiencia a que deberán someterse los profesores de los establecimientos incorporados que carezcan de los títulos mencionados en el considerando de este decreto, se realizará en los Institutos Nacionales de Educación Física bajo el contralor de la Dirección Gemeral de Educación Física...
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| Autores Corporativos: | , , |
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| Formato: | Documento Gubernamental Capítulo de libro |
| Lenguaje: | Español |
| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/13718.pdf |
| Aporte de: | Registro referencial: Solicitar el recurso aquí |
| Sumario: | La prueba de suficiencia a que deberán someterse los profesores de los establecimientos incorporados que carezcan de los títulos mencionados en el considerando de este decreto, se realizará en los Institutos Nacionales de Educación Física bajo el contralor de la Dirección Gemeral de Educación Física. |
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