Resolución de Consejo 2/2006

Establecer para el personal docente incluído del art. 18, inc. b) de la Ley Nº 13047, que se desempeña en los establecimientos privados de enseñanza comprendidos en el art. 2º, inc. b) y c) de la misma.

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Detalles Bibliográficos
Autores Corporativos: Consejo Gremial de Enseñanza Privada (Argentina), Argentina. Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología. Ministro (2003-2007 : Filmus), Argentina. Secretario (COVALSCHI)
Formato: Documento Gubernamental Libro electrónico
Lenguaje:Español
Publicado: [S.l.] : [s.n.], 2006.
Materias:
Acceso en línea:http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/12014.pdf
Aporte de:Registro referencial: Solicitar el recurso aquí
Descripción
Sumario:Establecer para el personal docente incluído del art. 18, inc. b) de la Ley Nº 13047, que se desempeña en los establecimientos privados de enseñanza comprendidos en el art. 2º, inc. b) y c) de la misma.
Notas:Publicado en Boletín Oficial de la República Argentina no. 30930 de 21/06/2006
Descripción Física:1 PDF.