Resolución ministerial 1487/1982

No computar las inasistencias a clases en que incurra el alumnado femenino que se encuentra en estado de gravidez durante un lapso comprendido entre los cinco días hábiles anteriores al parto y los quince días hábiles posteriores al mismo.

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Detalles Bibliográficos
Autores Corporativos: Argentina. Ministerio de Educación, Argentina. Ministerio de Educación. Ministro (1981-1982 : Licciardo)
Formato: Documento Gubernamental Libro electrónico
Lenguaje:Español
Publicado: [S.l.] : [s.n.], 1982.
Materias:
Acceso en línea:http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/10906.pdf
Aporte de:Registro referencial: Solicitar el recurso aquí
Descripción
Sumario:No computar las inasistencias a clases en que incurra el alumnado femenino que se encuentra en estado de gravidez durante un lapso comprendido entre los cinco días hábiles anteriores al parto y los quince días hábiles posteriores al mismo.
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