Resolución ministerial 1487/1982
No computar las inasistencias a clases en que incurra el alumnado femenino que se encuentra en estado de gravidez durante un lapso comprendido entre los cinco días hábiles anteriores al parto y los quince días hábiles posteriores al mismo.
Guardado en:
| Autores Corporativos: | , |
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| Formato: | Documento Gubernamental Libro electrónico |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
[S.l.] :
[s.n.],
1982.
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/10906.pdf |
| Aporte de: | Registro referencial: Solicitar el recurso aquí |
| Sumario: | No computar las inasistencias a clases en que incurra el alumnado femenino que se encuentra en estado de gravidez durante un lapso comprendido entre los cinco días hábiles anteriores al parto y los quince días hábiles posteriores al mismo. |
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| Descripción Física: | 1 PDF. |