Decreto 1085/2003

Dáse por prorrogado por CIENTO OCHENTA días hábiles el término establecido en el artículo 5º de los Decretos Nros. 1025/02 y 1159/02, a cuyo fin tiénese por exceptuado al MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA de las limitaciones establecidas en el artíc. 18 de la Ley Nº 25.725.

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Detalles Bibliográficos
Autores Corporativos: Argentina, Argentina. Presidente (2002-2003 : Duhalde), Argentina. Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Ministro (2002 : Atanasof), Argentina. Ministerio de Educación. Ministra (2002-2003 : Giannettasio)
Formato: Documento Gubernamental Libro electrónico
Lenguaje:Español
Publicado: [S.l.] : [s.n.], 2003.
Materias:
Acceso en línea:http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/9821.pdf
Aporte de:Registro referencial: Solicitar el recurso aquí
Descripción
Sumario:Dáse por prorrogado por CIENTO OCHENTA días hábiles el término establecido en el artículo 5º de los Decretos Nros. 1025/02 y 1159/02, a cuyo fin tiénese por exceptuado al MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA de las limitaciones establecidas en el artíc. 18 de la Ley Nº 25.725.
Notas:Publicado en Boletín Oficial de la República Argentina no. 30143 de 06/05/2003
Descripción Física:1 PDF.