Decreto 1085/2003
Dáse por prorrogado por CIENTO OCHENTA días hábiles el término establecido en el artículo 5º de los Decretos Nros. 1025/02 y 1159/02, a cuyo fin tiénese por exceptuado al MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA de las limitaciones establecidas en el artíc. 18 de la Ley Nº 25.725.
Guardado en:
| Autores Corporativos: | , , , |
|---|---|
| Formato: | Documento Gubernamental Libro electrónico |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
[S.l.] :
[s.n.],
2003.
|
| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/9821.pdf |
| Aporte de: | Registro referencial: Solicitar el recurso aquí |
| Sumario: | Dáse por prorrogado por CIENTO OCHENTA días hábiles el término establecido en el artículo 5º de los Decretos Nros. 1025/02 y 1159/02, a cuyo fin tiénese por exceptuado al MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA de las limitaciones establecidas en el artíc. 18 de la Ley Nº 25.725. |
|---|---|
| Notas: | Publicado en Boletín Oficial de la República Argentina no. 30143 de 06/05/2003 |
| Descripción Física: | 1 PDF. |