Decreto 427/1998

Régimen al que se ajustará el empleo de la firma digital en la instrumentación de los actos internos, que no produzcan efectos jurídicos individuales en forma directa, que tendrán los mismos efectos de la firma ológrafa. Autoridad de aplicación.

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Detalles Bibliográficos
Autores Corporativos: Argentina, Argentina. Presidente (1989-1999 : Menem), Argentina. Jefatura de Gabinete de Ministros. Jefe de Gabinete (1996-1999 : Rodríguez), Argentina. Ministerio de Justicia. Ministro (1997-1999 : Granillo Ocampo)
Formato: Documento Gubernamental Libro electrónico
Lenguaje:Español
Publicado: [S.l.] : [s.n.], 1998.
Materias:
Acceso en línea:http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/6050.pdf
Aporte de:Registro referencial: Solicitar el recurso aquí
Descripción
Sumario:Régimen al que se ajustará el empleo de la firma digital en la instrumentación de los actos internos, que no produzcan efectos jurídicos individuales en forma directa, que tendrán los mismos efectos de la firma ológrafa. Autoridad de aplicación.
Notas:Publicado en Boletín Oficial de la República Argentina no. 28881 de 21/04/1998
Descripción Física:1 PDF.