Resolución ministerial 327/1987 [horario laboral].
Facultar a todos los organislmos del ámbito de este Ministerio, incluidos los organismos descentralizados y autáquicos, a establecer de acuerdo con el horario mínimo de labor previsto en el Decreto N° 2193/1986, los horarios que demanden las tareas y servicios a su respectivo cargo.
Guardado en:
| Autores Corporativos: | , |
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| Formato: | Documento Gubernamental Libro electrónico |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Buenos Aires :
Ministerio de Educación y Justicia,
1987.
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/RM_327-87.pdf |
| Aporte de: | Registro referencial: Solicitar el recurso aquí |
| Sumario: | Facultar a todos los organislmos del ámbito de este Ministerio, incluidos los organismos descentralizados y autáquicos, a establecer de acuerdo con el horario mínimo de labor previsto en el Decreto N° 2193/1986, los horarios que demanden las tareas y servicios a su respectivo cargo. |
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| Descripción Física: | 1 PDF |