Disposición 6/2014 [títulos literales art. 43 Ley 24521].

Determinar que a los efectos de tramitar el reconocimiento oficial y la consecuente validez nacional de un título incluido en la nómina del artículo 43 de la Ley de Educación Superior N° 24.521, sean respetadas literalmente las denominaciones que en cada área disciplinar han sido incluidas, con cará...

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Detalles Bibliográficos
Autor Corporativo: Argentina. Ministerio de Educación. Dirección Nacional de Gestión Universitaria
Formato: Documento Gubernamental Libro electrónico
Lenguaje:Español
Publicado: Buenos Aires : Ministerio de Educación, 2014.
Materias:
Acceso en línea:http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/DI_6-14.pdf
Aporte de:Registro referencial: Solicitar el recurso aquí
Descripción
Sumario:Determinar que a los efectos de tramitar el reconocimiento oficial y la consecuente validez nacional de un título incluido en la nómina del artículo 43 de la Ley de Educación Superior N° 24.521, sean respetadas literalmente las denominaciones que en cada área disciplinar han sido incluidas, con carácter restrictivo, mediante las respectivas resoluciones ministeriales.
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