Resolución de Consejo 1/2010
Establecer para el personal docente incluido en el artículo 18, inciso b) de la Ley 13047 y que se desempeña en establecimientos privados de enseñanza, comprendidos en el artículo 2, incisos b) y c), los sueldos mínimos a partir del 01/03/2010, conforme se detalla en la presente resolución.
Guardado en:
| Autor Corporativo: | |
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| Formato: | Documento Gubernamental Libro electrónico |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
[S.l.] :
[s.n.],
2010.
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/2950.pdf |
| Aporte de: | Registro referencial: Solicitar el recurso aquí |
| Sumario: | Establecer para el personal docente incluido en el artículo 18, inciso b) de la Ley 13047 y que se desempeña en establecimientos privados de enseñanza, comprendidos en el artículo 2, incisos b) y c), los sueldos mínimos a partir del 01/03/2010, conforme se detalla en la presente resolución. |
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| Notas: | Publicado en Boletín Oficial de la República Argentina no. 31865 de 17/03/2010 |
| Descripción Física: | 1 PDF. |