Resolución ministerial 677/1988 [los alumnos que adeuden 3 (tres) o más materias deberán recursar todas las asignaturas].

Dejar establecido, con referencia a lo determinado por el artículo 24 del capítulo 5 de la Reglamentación del Régimen de Evaluación, Calificación y Promoción de la Resolución Ministerial N° 655/86 que, a partir del presente ciclo lectivo, los alumnos que concurren a establecimientos diurnos dependie...

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Detalles Bibliográficos
Autores Corporativos: Argentina. Ministerio de Educación y Justicia, Argentina. Ministerio de Educación y Justicia. Ministro (1987-1989 : Sabato)
Formato: Documento Gubernamental Libro electrónico
Lenguaje:Español
Publicado: Buenos Aires : Ministerio de Educación y Justicia, 1988.
Materias:
Acceso en línea:http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/RM_677-88.pdf
Aporte de:Registro referencial: Solicitar el recurso aquí
Descripción
Sumario:Dejar establecido, con referencia a lo determinado por el artículo 24 del capítulo 5 de la Reglamentación del Régimen de Evaluación, Calificación y Promoción de la Resolución Ministerial N° 655/86 que, a partir del presente ciclo lectivo, los alumnos que concurren a establecimientos diurnos dependientes de la Dirección Nacional de Educación Media y que adeuden 3 (tres) o más materias, deberán recursar todas las asignaturas.
Descripción Física:1 PDF