Resolución ministerial 677/1988 [los alumnos que adeuden 3 (tres) o más materias deberán recursar todas las asignaturas].
Dejar establecido, con referencia a lo determinado por el artículo 24 del capítulo 5 de la Reglamentación del Régimen de Evaluación, Calificación y Promoción de la Resolución Ministerial N° 655/86 que, a partir del presente ciclo lectivo, los alumnos que concurren a establecimientos diurnos dependie...
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| Autores Corporativos: | , |
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| Formato: | Documento Gubernamental Libro electrónico |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Buenos Aires :
Ministerio de Educación y Justicia,
1988.
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/RM_677-88.pdf |
| Aporte de: | Registro referencial: Solicitar el recurso aquí |
| Sumario: | Dejar establecido, con referencia a lo determinado por el artículo 24 del capítulo 5 de la Reglamentación del Régimen de Evaluación, Calificación y Promoción de la Resolución Ministerial N° 655/86 que, a partir del presente ciclo lectivo, los alumnos que concurren a establecimientos diurnos dependientes de la Dirección Nacional de Educación Media y que adeuden 3 (tres) o más materias, deberán recursar todas las asignaturas. |
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| Descripción Física: | 1 PDF |