La justificación del estado de cesación de pagos puede fundarse en la confesión del deudor de conformidad con la regla del artículo 79 inciso 1 de la ley 24522 /
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| Autor principal: | Garaguso, Horacio Pablo |
|---|---|
| Otros Autores: | Garaguso, Guillermo Horacio, Garaguso, Andrés Alejandro |
| Formato: | Capítulo de libro |
| Lenguaje: | Español |
| Materias: | |
| Aporte de: | Registro referencial: Solicitar el recurso aquí |
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